» Etiquetado¿Qué es? |
La etiqueta es una especie de “DNI” de un alimento en el que se detalla la información que lo caracteriza y distingue de otros alimentos. Ayuda a que el consumidor pueda decidir lo que más se ajusta a sus necesidades, con información y conocimiento.
El etiquetado de los alimentos debe ser claro, veraz, comprensible y no llevar a error.
El etiquetado permite disponer de gran cantidad de información sobre un alimento o bebida, lo que es muy útil a la hora de elegir aquellos que se ajustan a las necesidades de cada persona y a su estilo de vida.
Grasas, azúcares, fibra, sodio, vitaminas, minerales, aporte energético, fecha de caducidad o de consumo preferente... Los consumidores cada vez están más interesados en saber todo lo relacionado con los alimentos y bebidas que forman parte de su alimentación.
La industria alimentaria, dentro de la cual se incluye la de bebidas refrescantes, trabaja en favorecer esta información y a su vez promover una alimentación equilibrada, variada y moderada. A través de la Confederación Europea de Industrias de Alimentación y Bebidas (CIAA), representada en España por la Federación de la Industria de Alimentación y Bebidas (FIAB), se viene apostando desde hace años por unificar e incrementar la información sobre el contenido nutricional de los distintos alimentos.
En el etiquetado de alimentos en Europa se aplica el Reglamento (UE) No.1169/2011 que entró en vigor el 13 de diciembre 2011. En el caso de las bebidas refrescantes se aplica además su Reglamento Técnico Sanitario (RTS) específico.
Salvo excepciones previstas en la legislación, el etiquetado de los alimentos debe incluir con carácter obligatorio las siguientes indicaciones:
- La denominación de venta del producto.
- La lista de ingredientes.
- La cantidad de determinados ingredientes o categoría de ingredientes.
- El grado alcohólico en las bebidas con una graduación superior en volumen al 1,2 %.
- La cantidad neta, para productos envasados.
- La fecha de duración mínima o la fecha de caducidad.
- Las condiciones especiales de conservación y/o utilización.
- El modo de empleo, cuando su indicación sea necesaria para hacer un uso adecuado del producto alimenticio.
- Identificación de la empresa: el nombre o la razón social y la dirección del responsable.
- El lugar de origen o procedencia, cuando es necesario de acuerdo a lo establecido por el reglamento.
- La información nutricional.
- Ingredientes que puedan causar alergias o intolerancias de acuerdo al reglamento.
La “fecha de caducidad” es una indicación de seguridad que se aplica a productos perecederos y advierte sobre el día límite a partir del cual el alimento no es adecuado para el consumo desde el punto de vista sanitario.
La “fecha de consumo preferente” indica hasta cuando el producto conserva su calidad prevista. Es decir, sigue siendo seguro siempre que se respeten las instrucciones de conservación y su envase no esté dañado; sin embargo, puede empezar a perder sabor y textura. Se utiliza para indicar la “fecha de duración mínima” en alimentos con larga vida útil como alimentos refrigerados, congelados, desecados (pasta, arroz, etc.), enlatados, etc.
En las bebidas refrescantes al estar entre el grupo de alimentos seguros, no perecederos, se aplica el concepto de consumo preferente.
El etiquetado debe ser claro y legible para que cumpla su función y que el consumidor pueda conocer toda la información y propiedades de los productos que adquiere.
El Reglamento No. 1169/2011 especifica que para las menciones obligatorias el tamaño de letra debe ser igual o superior a 1,2 mm. En el caso de los envases o recipientes cuya superficie máxima sea inferior a 80 cm2, el tamaño será igual o superior a 0,9 mm. Pero la legibilidad de la etiqueta no sólo está relacionada con el tamaño de la letra, sino también con el espacio entre letras y líneas, el grosor del trazo, el color de la impresión, el tipo de letra, la superficie del material y el contraste entre el texto, el fondo… Factores todos ellos que se tienen en cuenta a la hora de diseñar una etiqueta.